jueves, 8 de marzo de 2012

Sanhedrín 32 - Mamonot y Nefashot

El cuarto capítulo del tratado de Sanhedrín abre con una introducción a las similitudes y las diferencias entre los Dinei Mamonot (juicios relacionados con la propiedad) y los Dinei Nefashot (juicios con posible pena capital). En primer término se nos dice que tienen una sola similitud, ambos necesitan de Drisha vJakira (investigación exhaustiva) en relación a los testigos. Tanto para unos juicios como para los otros se necesita que se revisen a fondo las declaraciones de los testigos para determinar si su testimonio es válido o no. Esta ley sigue los lineamientos de la Torá ya que allí se nos dice "Mishpat Ejad Iehe Lajem - un solo juicio será para ustedes", los sabios entienden este versículo en el sentido de que no debe haber diferencia entre los procedimientos judiciales de los Dinei Mamonot y los Dinei Nefashot. No obstante esto, los sabios del Talmud establecieron por decreto que para los juicios civiles y correspondientes a la propiedad (dinei mamonot) no sea necesaria la revisión exhaustiva de los testigos porque esto llevaría a "cerrar las puertas a los préstamos". Los sabios entienden que si uno se va a poner muy meticuloso con cada testigo, con cada declaración en torno a los prestamos por ejemplo, la gente no daría testimonio o sería muy difícil encontrar un testimonio 100% adecuado. Esto generaría que la gente, según su lógica, deje de prestar dinero, lo que le haría más dificultad la vida a los más necesitados. Dicho sea de paso, como estudiamos en el tratado de Guitin, este fue el motivo por el cual los sabios "anularon" el año de la Shmitá y su correspondiente remisión de las deudas, ya que si esto fuera así nadie prestaría dinero. 

Ahora sí, llega el momento de enumerar las diferencias entre los juicios comerciales (dinei mamonot=DM) donde uno puede ganar o perder dinero y los juicios penales (dinei nefashot=DN) donde uno de los acusados, si se lo encuentra culpable, puede perder la vida. Como veremos hoy y con el correr de los días hay una decisión de los sabios por hacer casi imposible que un acusado sea condenado a muerte. Nuestros maestros siempre quieren, comprendiendo que la Torá da lugar a las penas de muerte, tratar de limitar su aplicación. He aquí algunos ejemplos:

1) Los DM se juzgan con tres jueces y los DN con 23. 
2) Los DM pueden ser abiertos tanto con la presunción de inocencia o de culpabilidad pero los DN siempre deben ser abiertos con la presunción de inocencia. Los jueces en concordancia deben empezar los DN diciendo "si no hiciste nada de lo que te acusan, entonces no temas". 
3) En los DM si un juez en primer lugar decidió condenar o absolver a alguien luego puede volver y "cambiar" su posición. En los DN sólo puede cambiar si primero decidió condenar y luego decide absolver pero no al revés. 
4) En los DM todo el mundo puede aportar pruebas y dar su opinión tanto para acusar como para absolver, incluso los sabios que están sentados en la sala. En los DN solamente pueden dar su opinión si es para absolver pero no para acusar.  
5) Los DM se discuten durante el día y se finalizan a la noche. Los DN se discuten y se terminan en el día. Los DM se terminan en el mismo día tanto para condenar como para absolver. Los DN empiezan y terminan en el mismo día para absolver pero para condenar se terminan al otro día (para esperar que algún juez cambie de opinión o aparezcan nuevas pruebas). 
6) La sentencia de los DM comienza a ser dicha por el más grande de los jueces mientras que en los DN por el más pequeño (para que este no sea influenciado con la declaración del más grande). 
7) Todos pueden ser jueces en DM pero en DN solamente califican: los kohanim, los leviim y los judíos que estén en condiciones de casarse con una hija de un kohen (esto excluye por ejemplo a los bastardos).

Tzedek, Tzedek Tirdof. Esta frase tan famosa que significa "Justicia, justicia perseguirás" es discutida en nuestra Guemará. La doble alusión a la idea de "justicia (tzedek)" le da a nuestros sabios la posibilidad de argumentar que siempre que se tenga la mínima sospecha de que un juicio puede estar siendo adulterado o que un testigo puede estar dando falso testimonio, se debe pasar a revisar y a examinar a los testigos. Incluso en los casos de DM que como dijimos los sabios decretaron que la investigación de los testigos no es necesaria. Otras opiniones referentes a este versículo aparecen en nuestra Guemará. Nuestros sabios nos dicen que en cada generación debemos ir en busca del Beit Din más afamado. Debemos perseguir a la justicia y debemos así, buscar a los mejores jueces para que sean ellos los que juzguen nuestros casos. 

Jag Purim Sameaj!

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