Nuevo daf, nueva Mishná. "Los huérfanos que viven con el Baal Habait (dueño de la casa) o que su padre les apuntó un Apotropos (apoderado-tutor) está obligado a hacer el diezmo con sus frutas (la de los huerfanos). El Apotropos que es impuesto por el padre debe jurar (la Guemará explica a continuación que debe jurar una vez que los huérfanos crecieron y él le devuelve sus pertenencias que diciendo que él nunca tomo nada de ellas). Si el Apotropos es impuesto por el Beit Din (la corte rabinica) no debe jurar. Aba Shaul dice que es al revés" Esta es nuestra Mishná:
Datos a tener en cuenta. Cuando un hombre muere y deja a sus hijos huérfanos algún mayor de edad se tiene que hacer cargo de sus propiedades y de su cuidado, este es el Apotropos, lo que sería en términos actuales un guardián o un apoderado (devuelta, si algún abogado sabe el término correcto avíseme).
¿Qué trabaja la Guemará? Gran parte de nuestro daf trabaja sobre cuales son las obligaciones de este Apotropos para con los huérfanos y qué tiene prohibido hacer. En Bemidbar (18:28) se dice: כֵּ֣ן תָּרִ֤ימוּ גַם־אַתֶּם֙ תְּרוּמַ֣ת יְהוָ֔ה מִכֹּל֙ מַעְשְׂרֹ֣תֵיכֶ֔ם אֲשֶׁ֣ר תִּקְח֔וּ מֵאֵ֖ת בְּנֵ֣י יִשְׂרָאֵ֑ל וּנְתַתֶּ֤ם מִמֶּ֙נּוּ֙ אֶת־תְּרוּמַ֣ת יְהוָ֔ה לְאַהֲרֹ֖ן הַכֹּהֵֽן׃ Así también vosotros presentaréis a D´s una ofrenda alzada de todos vuestros diezmos que hayáis recibido de los hijos de Israel. Daréis de ello la ofrenda alzada de D´s al sacerdote Aarón. Esta es una de las fuentes bíblicas que se refieren al diezmo, pero esta cita es traída por la Guemará ya que algunos buscan contradecir a nuestra Mishná que dice que los Apotropos deben dar el diezmo en nombre de los huérfanos, diciendo que la Torá dice "Atem (ustedes)" ustedes y no sus compañeros, ustedes y no sus Apotropos. Pero Rab Jisda dice que no hay contradicción ya que en este segundo caso se habla que el Apotropos lo que no puede hacer es ir sacando del Maaser (diezmo) para almacenar pero sí puede hacerlo para alimentar.
¿Qué pueden y qué no pueden hacer los Apotropos? Pueden, en nombre de los huérfanos vender: ganado, esclavos, casas y campos para comprar comida, pero no para "almacenarla". Pueden también vender en su nombre otros productos con el fin de comprar comida. Pueden hacer y adquirir para ellos el Lulav, la Suká, los Tzitzit, el Shofar, un Sefer Torá, Tefilin, mezuzot, etc. En definitiva pueden adquirir para ellos todo instrumento para una mitzvá que tenga un limite prefijado. Este último punto invalida que los Apotropos hagan Tzedaká ya que la misma no tiene un limite, lo mismo que redimir a un capturado. Los Apotropos no pueden emancipar esclavos que son parte de la propiedad de los huérfanos que él esta representando.
¿Quién puede ser un Apotropos? Raban Shimon ben Gamliel enseña que los esclavos, las mujeres y los menores no deben serlo, pero si el padre eligió que alguno de ellos sea, tiene derecho a hacerlo y se lo permiten. Rab Huna enseñó en nombre de Rab que si un Apotropos echa a perder la propiedad de los huérfanos el Beit Din tiene la fuerza para removerlo de su puesto.
¿Quién debe jurar y quién no? La Mishná dice: Si es apuntado por el padre debe jurar. Si es apuntado por el Beit Din no debe. Aba Shaul dice que es al revés ¿Cuáles son los motivos? Siguiendo la primera posición de la Mishná, si el Apotropos no podría sacar ningún beneficio de su posición cuando es apuntado por el padre entonces no tomaría el trabajo, por eso lo hacemos jurar; pero al contrario Aba Shaul dice que en este caso este Apotropos lo hace por amistad con el padre de los huérfanos.
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