En una nueva Mishná, que continúa la temática de nuestro capítulo, se nos dice que quien "Jura que su mujer no irá al Beit Evel (un "velorio") o a un Beit HaMishte (un casamiento) debe indmediatamente divorciarila y pagarle su Ketuvá ya que ´le cierra una puerta frente a ella´". Nuestra Mishná sigue detallando que juramentos el hombre le puede imponer a su esposa y cuales no. En está oportunidad la Mishná nos dice que un hombre no puede prohibirle a su mujer ir a un Beit Evel, lit. la casa de los deudos, en donde es costumbre la semana posterior al entierro ir a visitar a los deudos y ofrecerles allí palabras de consuelo. Ni tampoco puede prohibirle ir a un Beit Mishté, lit. casa de banquetes, es decir a un casamiento. El argumento de la Mishná es que él tiene prohibido impedirle a su mujer ir a estos lugares ya que "Noel BeFanea", ya que cierra (una puerta) frente a ella. El Talmud se cuestiona diciendo que es obvio que "puerta le cierra" si le impide ir a una fiesta. Impide que su mujer sea feliz y se alegre en aquella celebración, sin embargo se pregunta el Talmud, ¿Qué puerta le esta cerrando uno cuando le impide a su pareja ir a la casa de los deudos? Allí se vive un ambiente de tristeza por lo cual que de seguro no es la "puerta de la felicidad" lo que le bloquea. El Talmud responde que si la mujer no acostumbra a ir a consolar a los deudos por un lado nadie la conocerá y por el otro lado los que la conocen no irán a su entierro cuando sea su turno de partir. Si ella no ofreció palabras de consuelo a los deudos durante su vida porque su marido le prohibió visitar sus hogares ¿Quién le dara palabra de consuelo a su familia cuando ella fallezca?
De esta forma el Talmud, continuando las palabras de la Mishná, nos enseña que un marido no debe prohibirle a su mujer ir a una celebración o a un duelo. La mujer, tanto como el hombre, deben estar conectados con la comunidad y la sociedad que los rodea, acompañar a los demás en las alegrías y también en las tristezas.