Nuestra Guemará retoma el concepto que vimos los días anteriores de Hatraá. Se enfoca principalmente en que si una persona no declara públicamente que es consiente que su transgresión le provocará la muerte, o un castigo físico, esta persona no puede ser castigada. Una persona para ser penada y condenada a muerte debe ser totalmente consiente de que su transgresión conllevará tal o cual pena, si aún así decide trasgredir la Torá entonces recién en ese momento puede ser condenado a muerte. Rabi Iosi enseña que un Talmid Jajam, un estudioso de la Torá, no necesita de esta Hatraá (advertencia) ya que suponemos que sabe cuáles son las cuestiones permitidas y cuales son las cuestiones prohibidas. Si se lo advierte le quitamos la posibilidad de que pueda aducir que la transgresión que cometió fue "sin intención" - Bishgagá.
La destrucción del Beit Hamikdash causó una revolución al pueblo judío nunca antes vista, solo asemejada al exilio babilónico. Desde el día que la casa del Eterno fue destruida por los romanos en el año 70 d.e.c la vida judía nunca volvería a ser como supo ser por más de un milenio. Nuestra Guemará nos enseña que desde el día que se destruyó el Beit Hamikdash se anularon los Dinei Nefashot de Israel. La gran corte de Israel funcionaba en uno de los salones del Beit Hamikdash, cuarenta años antes que este fuera destruido el Sanhedrín fue trasladado a la ciudad de Janut, pero desde el día que se destruyó la Casa de Ds, la posibilidad de los jueces de ejecutar a otro ser humano fue anulada. Los sabios entienden que los jueces no tienen la capacidad intelectual ni espiritual, lo suficientemente elevada, para decidir sobre la vida y la muerte de los demás hombres.
Kidush HaLevaná. En nuestra Mishná habíamos visto que si dos testigos atestiguaban que lo que vieron sucedió en dos días diferentes, por ejemplo uno dice que ocurrió el 2 y otro el 3, aún así su declaración puede ser válida porque en la antigüedad la fijación de los meses podía demorar y la gente solía equivocarse con respecto a los días. Esto le da pie a nuestros sabios para discutir la tradición de "Kidush HaLevaná", la santificación de la luna. Es una costumbre difundida por todo Israel la de santificar a la luna mes tras mes. No veneramos a la luna sino que a través de su contemplación alabamos el poder del Creador, que con su mandato hace suceder las estaciones y renovar, mes tras mes, ese "pequeño" satélite natural del cielo. Los sabios discuten hasta qué momento del mes se puede santificar la luna, unos dicen 7 y otros dicen 16. Ganan los segundos. La costumbre difundida es que la santificación de la luna se haga en la salida de Shabat antes de la mitad del mes, cuando la luna se encuentra llena, en todo su esplendor. Se leen unos salmos, unos versículos bíblicos pero lo más importante es la bendición que debemos hacer estando de pie. La misma es "Baruj Mejadesh Jodashim" - Bendito aquel que renueva los meses. Rabi Iojanán enseña que quien bendice al nuevo mes en su tiempo correspondiente es como si recibiera sobre él la presencia de la Shejiná.
Hadrán Alaj Haiu Bodkin, Volveremos a ti "Haiu Bodkin".
Así concluimos este pequeño quinto capitulo del tratado de Sanhedrín.
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