martes, 25 de septiembre de 2012

Avodá Zará 42 - Las imágenes rotas

La segunda Mishná de este nuevo capitulo hace referencia a qué hacer cuando uno encuentra una figura, una estatua o una imagen rota. ¿Qué debe hacer un judío si caminando por su ciudad encuentra un fragmento de lo que tal vez, en un pasado, supo ser una imagen sobre la cual los idólatras rendían culto? La primera respuesta de la Mishná es que si uno no sabe si esa figura fue usada para el culto o era simplemente un adorno, al estar rota, está permitida por lo cual se permite su uso o su re-utilización. Sin embargo, si la figura que encontramos es un pie o una mano quedan prohibidas ya que al parecer en la antigüedad los romanos también le rendían culto a ciertas figuras que consistían en alguno de estos dos miembros sobre un pedestal; por lo cual esa figura, por más rota que esté, igual podía ser usada para idolatría. 

El lineamiento que guiará el estudio de todo este capitulo es que un judío no puede tener provecho alguno sobre un elemento que fue utilizado para idolatría. En este sentido, por ejemplo, si un judío encuentra por la calle una estatua a la cual los romanos le rinden culto, le está prohibido llevarla a su hogar para que adorne su jardín. Sin embargo si encuentra pedazos de una estatua en la calle, y no sabe si esta estatua era de un rey o deidad a la cual los romanos le rendían culto o si tal vez era solo una estatua para adornar la ciudad, puede hacer uso de estos pedazos de arcilla para lo que desee ya que ante la duda (safek) en esta ocasión los sabios toman la posición más laxa. 

Cuando existe la seguridad, sin embargo, de que una estatua o imagen era usada para idolatría y esta se encuentra rota un judío tiene prohibido tener disfrute de la misma a menos que un no judío la haya anulado (betelá). Sólo un no judío, un idólatra puede anular a una imagen o a una estatua que fue usada previamente con fines idólatras. Esta anulación consiste en decretar que este objeto ya no es digno de alabar y realizar su posterior destrucción. Un judío, sin embargo, incluso destruyendo completamente una estatua que antes era idolatrada no la anula, la misma sigue estando prohibida y sus materiales no pueden ser utilizados. En este sentido, continúa la Guemará, si un judío encuentra un objeto de idolatría que está roto uno no debe apropiarse de aquel material sino que debe desgastarlo, "erosionarlo" y echarlo al viento o vertirlo en una corriente de agua. En otras palabras, hacerlo desaparecer.  

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