¿Qué podemos obligar a nuestros vecinos a hacer y qué cosas no? Este es el tema central de las primeras hojas de nuestro tratado. Habíamos dicho que uno puede obligar a su vecino a construir una pared que separe los dos terrenos para asegurarse la privacidad. En está oportunidad una nueva Mishná nos hablara no de la relación entre un vecino y otro sino entre un conglomerado de vecinos entre sí (imaginen un barrio cerrado o quizás un edificio).
Beit Shaar. Los sabios nos dirán que unos vecinos pueden obligar a los demás a construir un Beit Shaar (una entrada y una puerta) a su condominio. Los propietarios de un edificio pueden obligar a sus vecinos a realizar cualquier construcción o arreglo que sea elemental para la convivencia mas no pueden obligarlos, por ejemplo, a adornar ciertas partes del espacio en común. El Beit Shaar, era una puerta que se construía en la entrada del conjunto de casas que evitaba que de la calle puedan entrar directamente a la propiedad.
Jomá. Los vecinos de una ciudad, no ya de un condominio en común, pueden obligarse mutuamente a construir un muro que proteja la ciudad. Un vecino, por más que no quiera el muro, no puede negarse a contribuir económicamente en la construcción ya que se comprende que la Jomá (muro) no es un capricho o un adorno superfluo sino algo elemental para la seguirdad de todos los habitantes.
¿Cómo se cobran los impuestos? Para construir un muro se necesita que todos los ciudadanos aporten para su construcción sin embargo ¿con qué parámetro se cobran? Varias clasificaciones posibles nos ofrecen nuestros sabios:
- Shebaj Mamon vs Nefashot. La primera posibilidad es cobrar más a quién más tiene y menos a quien menos tiene (Shebaj Mamon). La otra opción es cobrar la misma cantidad, es decir, una tarifa fija, a todos los habitantes (Nefashot)
- Kirub Joma vs. Mamon. La segunda posibilidad para aplicar los impuestos es en relación a Kirub Jomá (cercanía a la muralla) es decir que quienes estén más cerca deben pagar más porque utilizan más la seguridad que está le proporciona por sobre alguien que vive en el centro de la ciudad. A este método de cobranza se le contrapone el de Mamon (dinero), es decir: se cobra el impuesto según el poder adquisitivo.
Los sabios y los impuestos. Luego de discutir como se cobraban los impuestos para construir una muralla Reish Lakish nos enseña: los sabios (talmidei jajamim) no requieren de protección. Es decir, no deben contribuir con sus impuestos a la construcción de una muralla porque Dios los protege. Los rabinos se veían a sí mismos como exceptuados y libres de pagar ciertos impuestos. Su teología los llevaba a pensar que ellos podían prescindir de una muralla ya que por su sabiduría y el cumplimiento de los preceptos Dios los protegía. Cualquier similitud con ciertos casos de lo que ocurre en Israel hoy en día no es mera coincidencia. Un detalle no menor: si bien los sabios según el Talmud están exentos de pagar impuestos de "seguridad" no lo están de pagar impuestos para la construcción de un pozo de agua ya que Dios puede protegerlos pero agua de algún lado deben beber y Dios no se la entrega como el maná en el desierto.
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