En una nueva serie de Mishnaiot y sus comentarios talmúdicos se nos instruye como debe obrar una viuda luego de la muerte de su marido con respecto a la propiedad de este. En términos generales ella no puede disponer de aquella propiedad porque la misma es de los herederos pero sí puede vender la propiedad del marido para (1) Cobrar su Ketuva (2) Cobrar su manutención. La Mishná y la Guemará discuten si lo debe hacer con la previa aprobación de un Beit Din (tribunal) o puede hacerlo sin su consentimiento. En la mayoría de los casos puede hacerlo sin su consentimiento porque necesita de aquel dinero para mantenerse y comer. La Guemará dictamina que luego de vender la propiedad del marido, toda o una parte, para poder cobrar su Ketuva o su derecho a manutención (Mezonot) la misma debe jurar cuanto vendió pero no hay necesidad de hacerlo público con una declaración.
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