La Mishná, y posteriormente la Guemará, siguen analizando algunos Tnai Beit Din (condiciones del tribunal rabínico) que más allá de que no hayan sido puestos por escrito en la Ketuvá los mismos son vinculantes. En este caso tienen que ver con los hijos hombres y mujeres que el hombre tendrá con su mujer.
B´nin Dijrin (hijos varones): Está condición estipula que los hijos hombres que la pareja tengan habrán de cobrar más de la Ketuvá que el resto de sus hermanastros (hijos de otras mujeres del marido).
Bnan Nukban (hijas mujeres): Está condición estipula que las hijas mujeres, que no heredan según la legislación bíblica y talmúdica, podrán quedarse en la casa de su padre y deberán ser alimentadas con los recursos que deje su padre en herencia a sus hijos hombres hasta que la misma se case.
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