viernes, 10 de marzo de 2017

Ketuvot 51 - Tnai Beit Din

En la Ketuvá se detallan todas las obligacoines, principalmente económicas, del marido para con su mujer durante el matrimonio y en caso de divorcio. Ahora bien ¿Qué sucede si por el motivo que fuese alguno de estos términos no se encuentran en la Ketuva? Una nueva Mishná nos enseña que los mismos siguen siendo vinculantes y obligatorios aunque no se encuentren escritos. ¿Por qué? Por ser estos: Tnai Beit Din (condiciones del tribunal rabínico). Cierta parte de la Ketuva conocida como Tosefet son agregados personales y a discreción del marido sin embargo la Ketuva contiene un Ikar que no es a libre elección de cada marido sino que está estipulado por el tribunal rabínico. Uno de estos principios es el valor de la Ketuva en caso de divorcio. Si por algún motivo en la Ketuva no figura que en el caso de ser una virgen debe recibir 200 zuz y en el caso de ser una divorciada debe recibir 100 aún así en caso de divorcio la mujer debe recibir esa cantidad de dinero por ser está una estipulación y una condición del tribunal rabínico. 

En la misma linea de pensamiento ciertas obligaciones matrimoniales también son vinculantes aunque no estén escritas en el "contrato matrimonial". Una de ellas, la cual es muy analizada por la Guemará, es el hecho de que en caso de que la mujer sea capturada o tomada como prisionera el marido tiene la obligación de pagar el rescate aunque está clausula este ausente en la Ketuvá. En el caso de una Israel debe pagar el rescate y tomarla nuevamente como esposa pero en el caso de un Cohen debe redimirla del cautiverio y devolverla a la casa del padre. La Guemará explica está diferencia. Los sabios nos dicen que una mujer que fue violada puede volver a su marido si él es Israel pero en el caso de un Cohen, él no puede volver a tomar como esposa a una mujer violada pero sí tiene la obligación de redimirla. 

Otro caso similar es el de una mujer que se enferma. El marido tiene la obligación de ocuparse y pagar los tratamientos médicos de una mujer enferma y no puede desentenderse ni incluso decirle que le da un Guet y el dinero de la Ketuvá para que ella misma se haga cargo de sus gastos médicos. El marido tiene la obligación de continuar pagando el tratamiento médico hasta que la misma se recupere y solo en ese momento, si lo desea, puede divorciarse. 

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