lunes, 26 de febrero de 2018

Ketuvot 102 - "Alimentando a la hija de otro"

Estamos comenzando el capítulo número doce del tratado de Ketuvot. El tema central de la primera Mishná será sobre un acuerdo (verbal o escrito según discutirá luego el Talmud) entre una mujer que tuvo una hija con otro hombre y su nuevo marido. La mujer puede, y esta debía ser una norma bastante aceptada en la época, pedrile al nuevo marido que dentro de lo estipulado en la Ketuvá este tenga la obligación de alimentar a la hija de su nueva esposa hasta que está cumpla cinco años (¡ya hemos visto como según la tradición rabínica hasta los cinco o seis años los padres están obligados a alimentar a sus hijos, de ahí en adelante no lo están!). Incluso si el hombre muere o se divorcia de esta mujer si él se comprometió a mantenerla así debe hacerlo hasta que tenga cinco años. La Mishná nos informa que en aquella época los hombres astutos para evitar tener que seguir manteniendo a una niña que no es su hija si se separa de su madre estos debían aclarar y decir: "Alimentaré a tu hija durante cinco años todo el timepo que tu estés conmigo". Está es una interesante ventana a la realidad social de nuestro pueblo hace 1800 años y como se realizaban alguno de los acuerdos de la pareja antes de casarse. 

Como punto interesante dentro de la discusión talmúdica sobre está Mishná se nos dice que en caso de divorcio (o muerte del marido) una niña siempre debe ir a vivir con su madre. El principio básico que presupone esta ley es que la niña siempre estará mejor con la madre. Está es también la Halajá pero en la edad media los sabios establecieron que si lo mejor para la niña es vivir con el padre o con sus herederos un tribunal rabínico puede cambiar la "norma preexistente". 

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