En el último post expusimos la idea talmúdica de que el enviado es como quien lo manda (Shlujo shel Adam Kemoto). Ambos, técnicamente son la misma persona y comparten la misma responsabilidad. Ahora bien se plantea una cuestión muy interesante en nuestro Daf que nos ayudará a pensar las nociones de obediencia debida y otras problematicas muy conocidas por nuestras generaciones. Los sabios enseñan que si una persona manda "fuego" (un objeto inflamable o algo que puede comenzar un incendio) a través de las manos de un pequeño o un "tonto" (una persona con laguna deficiencia importante) y este provoca un incendio entonces esta persona esta exenta de los tribunales del hombre pero no de los tribunales divinos. Es decir aunque penalmente no puede ser juzgado por haber "provocado" el incendio porque esto lo hizo su enviado y no él, moralmente es juzgado porque él debía saber que no podía confiar este producto a una persona que no podía ser responsable del mismo. Sin embargo si este elemento inflamable es enviado a través de un "Pikeaj" una persona "normal", con conocimientos, entonces el responsable por provocar el incendio no es quien envía sino el enviado. Y es el enviado quien es juzgado por las cortes. El Talmud se da cuenta que si esto es así no se cumple el principio de Shlujo shel Adam Kemoto ya que en ambos casos tanto el enviado como quien lo envió deben ser juzgados ya que serían "la misma persona". La maravillosa respuesta que da el Talmud es que en estos casos es diferente ya que no puede haber un Sheliaj (enviado) para cometer una transgresión (Lidbar Aveira).
El Talmud enfatiza que uno puede siempre cumplir los preceptos a través de diversos enviados que cumplen su voluntad sin embargo no existen los enviados para cometer transgresiones, en este caso un incendio. Por lo cual podríamos anacrónicamente suponer la oposición que estos rabinos tendrían en torno a la figura de la obediencia debida. Un general puede comandar a sus súbditos a que cumplan su voluntad pero si esta voluntad es un "pecado" o una transgresión, si el enviado la cumple, él también es culpable ya que no existen los enviados para cometer transgresiones. La obediencia debida es puesta en duda ya que cada uno, si es "Pikeaj" es en última instancia siempre libre de decidir si respetando la voluntad de sus superiores quiebra los valores éticos o religiosos universales. El apropiarse de bebes, el torturar a disidentes políticos, el asesinar a jóvenes militantes, son aquellas transgresiones para las cuales uno no puede ser un enviado y si uno "libremente" comete estas atrocidades entonces pues no puede esgrimir que esto lo hizo bajo obediencia debida y tiene que rendir cuentas por sus actos.
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