Di a los hijos de Israel: El hombre o la mujer que cometiere alguno de todos los pecados con que los hombres prevarican contra Adonai y delinquen, aquella persona confesará el pecado que cometió, y compensará enteramente el daño, y añadirá sobre ello la quinta parte, y lo dará a aquel contra quien pecó. (Bemidbar 5:6-7)
Cuando el Talmud tiene problemas para definir una idea, para encontrar una razón lógica o no encuentra un fundamento en las escrituras para probar un punto, se extiende en demasía con innumerable cantidad de ejemplos y discusiones sobre el mismo tema. Esto ocurre, por ejemplo como vimos en el último capitulo del tratado de Sanhedrín, cuando los rabinos quieren probar que existe la concepción de resurrección de los muertos en la Torá. Hoy en día todos los academicos concluyen que no hay prueba alguna de que existía la idea de resurrección de los muertos en la tradición judía hasta el siglo II a.e.c; los rabinos al parecer también eran concientes de esto por lo cual necesitaron de mucha tinta y mucha (demasiada) imaginación para probar que la Torá daba cuentas de esta creencia.
Lo mismo ocurre en nuestros casos para definir el rol de la mujer dentro del sistema halajico judío. Los rabinos consideraban, y esta era la primer suposición, que las mujeres no debían tener el mismo rol que los hombres en el cumplimiento de los preceptos. Por este motivo se pasan hojas y hojas tratando de definir dónde hay una prueba en la Torá que de cuenta de esta diferencia. Casi no encuentran, y las que encuentran están, como dirá la Mishná en otra parte, "tiradas de los pelos". No hay argumentos lógicos o interpretativos consensuados para definir la diferencia entre los hombres y las mujeres en torno a la halajá.
En nuestros folios del día se nos enseña que todos los preceptos negativos, ya sea que están supeditados a un tiempo determinado o no, deben ser observados tanto por los hombres como por las mujeres. Basándose en aquel versículo de Bemidbar que citamos al comienzo, establecen que todos los preceptos que comandan a restringirse de realizar cierta acción (no matarás, no mezclaras el cabrito con la leche de su madre, no cometerás adulterio, etc.) tanto los hombres como las mujeres están obligados a cumplir.
Las excepciones. La Mishná prevee que existen tres excepciones a esta regla general por ser tres preceptos que sólo los hombres -por su rol y sus "cuerpos"- deben cumplir. La primera de las excepciones es que los hijos de los sacerdotes (los hijos y no las hijas) no deben impurificarse tocando a un muerto ya que de ser así no podrán hacer los sacrificios en el Beit Hamikdash. Las otras dos excepciones se desprenden del siguiente versículo: "No haréis tonsura en vuestras cabezas, ni dañaréis la punta de vuestra barba." (Vaikrá 19:27). Aquí se hayan dos prohibiciones que hasta nuestros días los hombres judíos (me incluyo) cumplimos.
La primera es no pelar nuestras cabezas al 100%, no podemos rasurar nuestras cabezas, es decir no podemos "pelarnos" de raíz. Por otro lado está la prohibición de afeitarnos del todo, si bien podemos cortarnos las barbas (aunque el Arizal y otros cabalistas dicen que no se puede), lo que no podemos hacer es arrancarnos la barba de raíz. Estas dos prohibiciones, sólo están subscritas a los hombres ya que la lógica nos indica que las mujeres no tienen barba (por lo general, sin embargo el Talmud señala que si a una mujer le crece la barba puede recortarsela al ras). Las razones para estas prohibiciones es que al parecer los antiguos sacerdotes paganos tenían la cabeza "circular" por estar pelados, por lo cual para diferenciar a los judíos la tradición de Israel prohíbe este corte de cabello. Lo de no rasurar las barbas proviene, aparentemente, de que en la cara y en el cuello, específicamente hay varias partes sensibles que si uno no es cuidadoso puede desangrarse o lastimarse; por ese motivo permiten las autoridades rabínicas cortarnos la barba con las maquinas que son como rastrillos (que no quitan de raíz) o con tijeras pero no con Gillete o cualquier otro instrumento que quite de raíz los pelos.
La primera es no pelar nuestras cabezas al 100%, no podemos rasurar nuestras cabezas, es decir no podemos "pelarnos" de raíz. Por otro lado está la prohibición de afeitarnos del todo, si bien podemos cortarnos las barbas (aunque el Arizal y otros cabalistas dicen que no se puede), lo que no podemos hacer es arrancarnos la barba de raíz. Estas dos prohibiciones, sólo están subscritas a los hombres ya que la lógica nos indica que las mujeres no tienen barba (por lo general, sin embargo el Talmud señala que si a una mujer le crece la barba puede recortarsela al ras). Las razones para estas prohibiciones es que al parecer los antiguos sacerdotes paganos tenían la cabeza "circular" por estar pelados, por lo cual para diferenciar a los judíos la tradición de Israel prohíbe este corte de cabello. Lo de no rasurar las barbas proviene, aparentemente, de que en la cara y en el cuello, específicamente hay varias partes sensibles que si uno no es cuidadoso puede desangrarse o lastimarse; por ese motivo permiten las autoridades rabínicas cortarnos la barba con las maquinas que son como rastrillos (que no quitan de raíz) o con tijeras pero no con Gillete o cualquier otro instrumento que quite de raíz los pelos.
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