domingo, 9 de octubre de 2011

Guitin 77


Año nuevo. Capítulo nuevo. Mishná nueva. Estamos arrancando el octavo, y ante-último capítulo, del tratado de Guitín. La Mishná dice así: “Quien le arroja el Get a su mujer y ella está en su casa (de la mujer) o en su patio, ella queda divorciada. Si le arroja el Get estando ella en la casa de él (su marido) o en su patio no queda divorciada. Si se lo arroja (estando en la casa de él) en una cartera o en un bolso (de ella) queda divorciada.” 

¿Qué le molesta a la Guemará? Lo primero que discute, o llama la atención, nuestra Guemará es que en la Torá se dice específicamente “Natan BeIada- darle en su mano”, entonces si se lo arrojamos esto quiere decir que no se lo estamos dando en su mano. Inmediatamente los jajamim, comparándolo con el caso de un ladrón (véase el versículo en Shemot 22:3) en el cual se plantea que si se le encuentra lo robado en “su mano” se lo declara culpable, los maestros decretan que la Torá no sólo se refiere a su mano sino a su propiedad, en el caso de una mujer lo mismo. Si el Get es arrojado, no necesariamente en su mano, sino en cualquier lugar de su propiedad, sea esta su casa, su techo, o su patio ella queda divorciada. Pero si el mismo acto se hace en un lugar público o en la casa del marido ella no queda divorciada ya que eso no es una “continuación de su mano”.

La Guemará sigue molesta. Los sabios traen una declaración rabínica que dice lo siguiente: “Lo que la mujer compre para sí le pertenece al marido.” Teniendo en cuenta esta declaración, mientras la mujer está casada no puede tener una casa! Esa casa pertenece al marido, ergo ella no puede quedar divorciada ya que eso no es técnicamente su propiedad sino que pasó a manos del marido. Los sabios para tratar de “arreglar” esta compleja situación dan variadas alternativas. Algunos dicen que la Mishná habla del caso que un hombre le declaró a su mujer: “Tus cosas no serán parte de mi propiedad”, entonces teniendo en cuenta esto la casa sería de ella. Pero los sabios dicen que estas palabras no tienen validez pero luego Raba declara que al ser esto una Takaná (un decreto rabínico) un hombre puede negarse a tener usufructo del mismo (de las propiedades de la mujer) por lo cual la casa le seguirá perteneciendo a la mujer por lo que queda divorciada. La respuesta más lógica parece llegar por otros sabios que dicen que “El get y la propiedad vienen como uno solo” ¿Qué quiere decir esto? Que en el momento que el hombre le arroja el Get, ella deja de ser su esposa por ende él deja de ser el “dueño” de las propiedades de su mujer, por lo cual la casa vuelve a ser parte del patrimonio de su mujer y esto conlleva directamente a que ella pueda ser divorciada.
No se entregan Guitín en Shabat. La Guemará sólo permite entregar Guitin (divorcios) en Shabat en el caso de un Shejib Merá (un moribundo) que sospechamos que no va a superar el día, en todos los demás casos debemos esperar hasta que termine Shabat para entregar el documento de divorcio. 

La casa sin ella. Si decimos que “entregar en la mano” también se extiende a la propiedad de la mujer ¿Qué pasa si el Get es arrojado en su casa que queda en Tiberias y ella está en Tzipori (otra ciudad)? ¿Queda divorciada o ella debe estar presente en el acto mismo? Ambas opiniones aparecen en la Guemará pero en la halajá queda que el Get puede ser arrojado en su casa pero sólo será válido y ella estará divorciada si se encuentra en el hogar a la hora que el marido le arroja el Get. 

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