martes, 3 de abril de 2018

Moed Katan 3 – Tosefet Shevii


Ayer veíamos que una de las tareas prohibidas durante Jol HaMoed era regar el campo si esto significaba un gran esfuerzo para los trabajadores. La Guemará, saltando de un tema al otro, comienza a debatir sobre que tareas se pueden realizar y no en el campo pero no durante Jol HaMoed sino durante el séptimo año (Shnat Shevii), también conocido como Shnat Shmitá (año de reposo). Según la legislación bíblica en la tierra de Israel durante seis años debemos trabajar la tierra pero el año séptimo debemos dejar reposar a la misma y se nos está prohibido labrarla y trabajarla para que esta pueda descansar como el ser humano descansa cada semana durante Shabbat. Ahora bien, la Torá nos habla específicamente de ciertas tareas que están prohibidas durante el año de reposo pero los sabios en términos generales entienden que la Torá solo menciona algunos ejemplos pero “Todas las tareas relacionadas a los campos y a los viñedos están prohibidas durante el séptimo año”.

Una de aquellas cosas que está prohibido durante el año sabático es arar la tierra. La discusión de nuestra Guemará será no a arar la tierra el año sabático en sí, algo que todos afirman que está prohibido, sino sobre lo que se conoce como “Tosefet Shevii” (agregado del séptimo año). Rabí Iojanan nos dice que este “agregado” es el tiempo previo al comienzo de Rosh Hashaná del año sabático (cuando inician las prohibiciones) que los sabios agregaron previo a este periodo en el cual estaría prohibido arar la tierra. Según el Talmud, dependiendo el tipo de campo, desde el Pesaj o Shavuot anterior al Rosh Hashaná del año sabático uno debería dejar de arar la tierra ya que una vez que la tierra ya produjo sus frutos, granos y verduras el seguir arando la tierra no es para la cosecha del presente año sino para la del séptimo año.

Al parecer esta era la ley establecida por los sabios pero la corte de Raban Gamliel anuló aquel edicto y permitió arar la tierra hasta el día previo a Rosh Hashaná. El Talmud se pregunta ¿Cómo pudo la corte de Raban Gamliel anular un edicto de Hilel y Shamai (sabios que lo precedieron en tiempo y en sabiduría? ¡Existe un principio general en el sistema halájico rabínico que una corte no puede anular un edicto anterior a menos que esta corte sea superior en sabiduría y en número que la corte anterior! Y es más según algunos sabios este edicto de Tosefet Shevii no es de Hilel y Shamai sino que es “Halaja leMoshe Misinai”, ¡un principio legal que se remonta a los tiempos de Moshé! ¿Cómo pudo una corte anular algo que se estableció en los comienzos de la legislación rabínica? El Talmud busca mil formas de justificar esta “anomalía”, de forma rebuscada finalmente lo logra diciendo que este edicto solo era válido en los tiempos del Templo de Jerusalén pero luego de su destrucción se permite arar la tierra hasta el día anterior a Rosh Hashaná. Sin embargo una lectura más profunda del texto nos permite darnos cuenta que el principio general de que una corte no puede anular un decreto de una corte anterior no es universal y que a lo largo de la historia judía siempre hubo formas de revertir un edicto, decreto o legislación rabínica aún sin una corte más numerosa ni sabia que la que la precedió.

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