En medio de una discusión en torno a si es la Jupá o el primer acto sexual lo que consuma el matrimonio el Talmud nos enseña un dato interesante en torno a las relaciones sexuales. Los sabios no se ponen de acuerdo si con la Jupá es suficiente para que la pareja este oficialmente y 100% casada o bien si es la primera relación sexual luego de la Jupá lo que oficializa el matrimonio y así las responsabilidades de ambos. La Halajá será establecida como que con la Jupá es suficiente si es que la pareja se encuentra habilitada a tener una relación sexual inmediatamente después. Sin embargo el punto que quisiera compartir con ustedes hoy es un derivado de está discusión.
¿Cuándo está permitido mantener una relación sexual? El Talmud nos dice que el sexo solo se puede tener durante la noche (y por ese motivo es costumbre, y así lo dice el Talmud, realizar también las jupot durante la noche). Los sabios no nos dicen en este folio talmúdico el porqué de este principio. Sin embargo en Nida (17a) se nos dice que esto se debe a que durante la noche el hombre no puede ver completamente y nitidamente a su mujer lo que evita que, Dios no lo permita, encuentre algo negativo en su figura y que esto le desagrade a sus ojos. Los exegetas medievales comprenden entonces que la prohibición no es tener relaciones sexuales durante el día diurno y que solamente se pueden mantener durante la noche sino que las mismas se pueden mantener durante las 24 horas del día siempre y cuando sea en la oscuridad. El motivo que da el Talmud no es muy "simpatico" que digamos por lo cual muchos comentaristas nos dicen también que uno debe tener relaciones sexuales en la oscuridad por Tzniut, es decir por una cuestión de recato y decoro. Sea como fuese así queda codificado en la Halajá: si uno quiere tener relaciones sexuales uno debe apagar la luz o mantener las persianas cerradas! (SA, Oraj Jaim 240:11)
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